La Autoridad Portuaria de Baleares ha aclarado algunas de las dudas que ha suscitado el decreto de alarma del coronavirus sobre las restricciones a la navegación deportiva.
En una comunicación remitida por el jefe de explotación del ente portuario a las marinas y clubes se asegura que, mientras el Govern balear no dicte una resolución que aclare las limitaciones de esta actividad, es necesario hacer una "interpretación extensiva" del RD 463 /2020.
De este modo, la APB da por sentado que al no poder acceder las tripulaciones a los puertos, debido a la restricción de la circulación, queda "condicionada e imposibilitada" la navegación de recreo, salvo en los casos de fuerza mayor recogidas en el artículo 7 del RD. "En este caso, y en el supuesto de que quieran retornar a puerto, necesitarán [las embarcaciones] una autorización de Sanidad Exterior.
"La entrada e embarcaciones a puerto -añade el comunicado- se podrá permitir con autorización de Sanidad Exterior cuando la embarcación tenga base en ese puerto y entrará para amarrar y para que la tripulación se traslade directamente a su domicilio habitual".

