CONCESIONES
El Supremo confirma la anulación de la concesión del Náutico de Ibiza
La Autoridad Portuaria suma otro revés judicial. La Sala de lo Contencioso señala que el ente portuario debió convocar un concurso

La Autoridad Portuaria suma otro revés judicial. La Sala de lo Contencioso señala que el ente portuario debió convocar un concurso

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) contra la sentencia que anulaba la concesión del Club Naútico de Ibiza.

El Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB) estimó de forma parcial en mayo de 2020 el recurso presentado por la entidad Club Deportivo Básico Doce Millas frente al acuerdo del Consejo de Administración de la APB que otorgó al Club Naútico de Ibiza la concesión administrativa de la dársena deportiva situada en el puerto de Vila.

La sentencia dictada ahora por el Supremo, que sienta jurisprudencia, deja claro que el ente portuario debió convocar un concurso público en lugar de una competencia de proyectos remarca que «si bien la propuesta inicial se hizo por el Club Náutico de Ibiza, iniciando el procedimiento de competencia de proyectos, lo cierto es que se presentaron proyectos de utilización de esas instalaciones y nunca se ha justificado que no fueran  similares en cuanto a los usos».

«Era más que evidente que la APB debió acudir ya directamente al procedimiento de concurso», señala la sentencia, que apunta los criterios que deben regir en estos procedimientos: «publicidad, imparcialidad, transparencia y concurrencia competitiva».

Tras el fallo, la APB deberá convocar un nuevo concurso para gestionar las instalaciones portuarias que ha ocupado el Náutico de Ibiza durante casi un siglo. El club sigue al frente de este espacio de manera precaria gracias a una adjudicación temporal cuya duración estaba vinculada precisamente a esta sentencia. 

El  fallo limita mucho la figura de la competencia de proyectos, un trámite que se inicia con una solicitud de un interesado a la Administración.

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