La Audiencia Provincial de Palma ha urgido a la juez del caso Puertos a que presente un “calendario razonable” de previsiones acerca de la investigación y ha advertido de que no es posible prolongar el secreto del sumario “sine die” y sin explicar los avances de las pesquisas. La resolución judicial autoriza una nueva prórroga del sigilo de las actuaciones judiciales, pero, por primera vez desde que se abrió la causa, la Audiencia avisa de que el tiempo para investigar sin que los abogados de la defensa tengan acceso al sumario se está agotando
El caso Puertos acumula más de tres años bajo secreto desde la detención del ex presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares (APB), Juan Gual, el 23 de julio de 2020. Hasta el momento se ha conocido el contenido parcial de dos asuntos, uno referido al presunto amaño de un pequeño puerto deportivo en Mahón (pieza 4) y el otro a supuestas irregularidades en el concurso del Club Náutico de Ibiza (pieza 3). Nada se sabe sobre las dos piezas precedentes ni de ninguna otra subsiguiente. La Audiencia considera ahora, tras resolver 42 recursos a favor de la prórrogas, que los próximos autos en este sentido de la juez Martina Mora, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, deberán indicar “cuántas piezas preliminarmente tiene la causa y los avances, si los hay, en la investigación de las mismas”.
“Aun siendo conforme a Derecho el secreto de actuaciones en una causa como las que nos ocupa”, considera la Audiencia, “no es factible que se prolongue prácticamente sine die ni que no se exteriorice en las resoluciones judiciales el avance de la investigación especialmente respecto de aquellas partes que interesan de forma continuada el alzamiento del secreto”.
El toque de atención a la juez instructora también hace referencia a los perjuicios derivados de un secreto sumarial tan prolongado, uno de los más largos que se han dado en la historia judicial española, para las personas que han sido públicamente identificadas como objeto de las pesquisas y sobre las que han recaído los indicios de corrupción. “Es evidente también”, añade el auto de la Audiencia, “que no aparece como razonable un secreto de actuaciones que se prolonga durante años y que coloca a posibles implicados o meramente intervinientes en situación de afectación de sus vidas personales y profesionales. De otro, lado la perpetuación del secreto de la instrucción exige que la misma avance y sobre todo que aquellos indicios que motivaron las entradas y registros en 2020 se estén consolidando, de tal modo que se constate la eficacia del examen de documentos intervenidos, en cualesquiera de sus formatos”.
Juan Gual, cesado como presidente de la APB tras su detención, ha venido recurriendo mensualmente todas las prórrogas del secreto alegando que la medida vulnera sus derechos fundamentales. La última apelación interpuesta por su abogado, Eduardo Valdivia, califica la situación de “kafkiana e inadmisible” y denuncia que el procedimiento es una “causa general prospectiva” que vulnera de “forma palmaria” el principio de intervención indiciaria”.
“Nada de lo afirmado en el auto [de prórroga] constituye un argumento admisible para la laminación de los derechos y garantías procesales de los investigados, y mucho menos cuando el Sr. Gual ha tenido que cesar en el cargo por mor del presente procedimiento”, concluye el recurso.


