La nueva normativa de navegación en el puerto de La Savina, en vigor a partir de 2025, establece la prohibición del fondeo en sus aguas de competencia, salvo autorización expresa de la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) o en casos de seguridad o fuerza mayor. La medida, entre otras, busca "garantizar la fluidez del tráfico marítimo y reforzar la seguridad" en la entrada y salida del puerto.
El reglamento introduce dos canales de navegación diferenciados. El Canal Principal, al norte de la línea divisoria (ver gráfico), estará reservado para embarcaciones de más de 24 metros de eslora, 6 metros de manga o con un calado operativo superior a 2 metros. El Canal Secundario, al sur, será utilizado por embarcaciones menores que no superen esos límites. Ambos canales son de doble sentido, y se recomienda a las embarcaciones mantenerse en su mitad derecha durante la navegación.
La prohibición del fondeo responde a la condición del puerto como canal angosto, donde cualquier obstáculo puede interferir en el tránsito de los barcos. Con esta normativa, la APB pretende reducir riesgos de colisiones y garantizar un tráfico más ordenado en un puerto con alta actividad comercial y recreativa.


