El juzgado rechaza suspender cautelarmente las normas de Ports IB para las rampas
Considera que no se ha acreditado un perjuicio irreparable y que las razones alegadas corresponden al fondo del litigio, que está aún por decidir

Considera que no se ha acreditado un perjuicio irreparable y que las razones alegadas corresponden al fondo del litigio, que está aún por decidir

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Palma ha denegado la petición de suspensión cautelar del acuerdo de Ports de les Illes Balears (PortsIB) que regula el uso de las rampas públicas en los puertos de gestión directa para la temporada 2025. La solicitud fue presentada por cinco representantes de la Asociación de Pymes de Actividades Náuticas de Baleares (APANIB), que impugnaron el acuerdo adoptado por el consejo de administración de PortsIB el pasado 10 de marzo.

Los recurrentes alegaban que la nueva regulación afectaba gravemente a sus derechos, en particular al impedir a determinadas empresas el uso de las rampas, lo que, según su argumentación, vulneraría la Constitución, la Ley de Puertos y los principios de libre circulación y competencia. Sin embargo, el juezgado entiende que no se ha acreditado que la aplicación del acuerdo genere perjuicios irreparables, sino más bien consecuencias económicas compensables, en caso de que el recurso prospere. El auto judicial señala que los argumentos esgrimidos para la suspensión cautelar corresponden al fondo del asunto, sobre el que todavía no se ha tomado una decisión.

En su auto, la magistrada Sonía Martín destaca que el perjuicio económico invocado no justifica la suspensión de una norma que regula una actividad económica y que, por tanto, responde a un interés general que debe prevalecer. Asimismo, recuerda que la mera alegación de posibles daños, sin prueba concreta, no permite conceder medidas cautelares como la suspensión solicitada.

El tribunal ya había rechazado anteriormente la medida cautelarísima por falta de urgencia, y ahora desestima la medida cautelar ordinaria, sin imponer costas procesales.

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