Gentrificación náutica (I)
La «libertad de bandera» beneficia a los ciudadanos extranjeros

La «libertad de bandera» beneficia a los ciudadanos extranjeros

Las Islas Baleares han experimentado un crecimiento demográfico notable en la última década, tanto en población residente como en el número de personas con segunda residencia. A esto se suma un flujo turístico en constante crecimiento. Más personas, naturalmente, significa más entusiastas de la náutica, lo que se traduce en una mayor demanda de amarres. Sin embargo, la oferta de puntos de amarre apenas ha crecido.

El resultado es una presión considerable sobre la disponibilidad de amarres para embarcaciones de tamaño mediano y pequeño (unidades que son precisamente las que se asocian con una «náutica social»). Una forma de disfrutar del mar que ahora se enfrenta a listas de espera interminables o a precios de amarre que superan con creces el valor de la propia embarcación. Una situación que ya está afectando gravemente a las empresas de chárter náutico locales.

Este desequilibrio entre una demanda creciente y una oferta estancada, sumado a las políticas sectoriales y de negocio enfocadas en las grandes esloras, ha dado lugar a un debate popular sobre una supuesta «gentrificación». Sin embargo, el origen de esta situación podría también radicar en decisiones legislativas y políticas de nuestro propio país.

Recordemos cómo la redacción original de la Ley de Impuestos Especiales establecía que debían matricularse en España los medios de transporte de entidades o titulares de establecimientos con domicilio o residencia fiscal en nuestro territorio para circular o ser utilizados en el mismo. Esta norma original obligaba tanto a ciudadanos españoles como a cualquier persona que estableciera su residencia en España a matricular y abanderar sus yates con pabellón español. Lo mismo aplicaba a las empresas con establecimiento en España que poseyeran embarcaciones, por ejemplo, para chárter.

Sin embargo, en diciembre de 2010, esta situación cambió con una modificación que eliminó la obligatoriedad de matricularse en España si el impuesto correspondiente (el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, IEDMT) había sido pagado.

En otras palabras, se pasó de una obligación de matriculación en España a una situación en la que, en los casos no exentos, el pago del impuesto seguía siendo obligatorio, pero ya no lo era el abanderamiento y/o la matriculación en un registro marítimo español. Esta modificación dio paso a la popularmente conocida como «libertad de bandera».

Desde entonces, muchos aficionados han optado por abanderar sus embarcaciones con pabellones de otros países, lo que se refleja en la proliferación de banderas polacas en nuestros clubes náuticos. Esta opción también supuso una gran ventaja para los extranjeros residentes en Mallorca. Antes, la obligación de cambiar a bandera española representaba una barrera desincentivadora para poseer una embarcación o para que empresas extranjeras operaran aquí.

Una vez eliminada esta barrera por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011, firmada por José Luis Rodríguez Zapatero, en una medida mantenida por gobiernos posteriores, los extranjeros se han beneficiado significativamente.

En igualdad de condiciones, un extranjero con mayor capacidad económica está mejor posicionado para adquirir un amarre que un ciudadano español de clase media. Esta «libertad de bandera», decidida por el Gobierno central, ha facilitado que se encuentren en condiciones iguales o incluso mejores que los residentes locales.


Rafael Velasco es decano de la Delegación Balear del Colegio de Ingenieros Navales y Oceánicos.

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