El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) ha estimado el recurso presentado por Astilleros de Mallorca S.A. (ASMASA) contra la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) por no contestar a la solicitud de ampliación del plazo concesional de dos terrenos en el puerto de Palma. La sentencia, dictada el pasado 17 de junio por la Sala de lo Contencioso Administrativo y de la que ha sido ponente el magistrado Pablo Delfont, reconoce el derecho de la empresa a prorrogar sus concesiones unificadas en el puerto de Palma (una de 16.647 metros cuadrados de superficie en tierra y la otra de 2.514 metros de espejo de agua) hasta el 15 de diciembre de 2041 y considera contrario a derecho el silencio administrativo por el que se entendía denegada su petición.
ASMASA había solicitado en julio de 2015 la ampliación del plazo concesional al amparo de la disposición transitoria décima de la Ley de Puertos del Estado, que permite incrementar hasta en dos quintas partes la duración inicial de las concesiones portuarias anteriores a esa norma, siempre que se cumplan determinados requisitos de inversión, eficiencia o rebaja tarifaria. La solicitud fue acompañada de la documentación requerida y validada por una empresa auditora independiente designada por la propia APB.
Tras varios meses de tramitación, que incluyeron la publicación en el BOE del trámite de información pública y la emisión de un informe favorable por parte de la firma BDO Auditores en diciembre de 2016, la APB no volvió a realizar actuación alguna sobre el expediente. Esta inactividad administrativa desembocó en un silencio que, a efectos legales, equivalía a una denegación.
En su sentencia, el tribunal señala que la APB debía haber otorgado la ampliación al tratarse de una potestad reglada, y no a una facultad discrecional. El cumplimiento por parte de ASMASA de todos los requisitos exigidos por la ley hacía procedente, según el TSJIB, una resolución estimatoria que la administración portuaria no llegó a dictar. “El acto presunto impugnado no es conforme a Derecho”, concluye la Sala.
El fallo también rechaza el argumento de la APB de que la solicitud no debía prosperar debido a conversaciones o estudios sobre una posible reconfiguración del puerto de Palma. El tribunal recuerda que tales planteamientos no cristalizaron en ningún instrumento jurídico aprobado y, por tanto, no podían justificar la paralización del expediente.
En cuanto a la pretensión de ASMASA de ser indemnizada por los daños derivados de la falta de resolución —cifrados en 257.982 euros más intereses—, el TSJIB la desestima. La Sala considera que no hubo demora injustificada durante la primera fase del procedimiento y que fue la propia empresa la que esperó hasta abril de 2021 para presentar recurso contencioso-administrativo. Según el tribunal, no procede indemnización por el tiempo transcurrido desde 2017, momento en que ya se podía haber entendido desestimada la solicitud por silencio administrativo.
La sentencia no impone costas a ninguna de las partes y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo. Consultada por Gaceta Náutica, Astilleros de Mallorca ha declinado realizar valoraciones sobre la resolución.
Más allá del caso concreto, la argumentación del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears sienta un precedente relevante en la interpretación del marco legal aplicable a la ampliación de concesiones portuarias, al establecer que, si el concesionario cumple los requisitos legales, la Administración está obligada a resolver. El TSJIB señala, a este respecto que, “la ampliación del plazo de las concesiones portuarias (…) se conecta a una necesidad detectada y comprendida por el legislador, a cuyo acceso presta una regulación detenida y prácticamente agotadora”.
La sentencia supone un severo reproche a la pasividad de la APB —que no se limita a este caso concreto—, al considerar inadmisible escudarse en procesos urbanísticos no formalizados o incumplir el deber de resolver expresamente.
Cabe recordar, en este punto, que el proyecto de reordenación del puerto de Palma impulsado durante la presidencia de Juan Gual en la APB —y asumido parcialmente por el actual equipo del organismo portuario— contempla convertir la sede de Astilleros de Mallorca en un Museo Marítimo. Para ejecutar esta actuación urbanística, se barajó en un primer momento el traslado de ASMASA al extremo del Moll Vell y, posteriormente, al Dique del Oeste, junto al resto de empresas del sector de reparación y mantenimiento de yates.


