La Fiscalía apoya la suspensión cautelar del decreto del chárter y la consulta al TJUE
Pide al TSJIB que acepte la solicitud de APANIB y deje la norma en stand by hasta que se pronuncie la justicia europea

Pide al TSJIB que acepte la solicitud de APANIB y deje la norma en stand by hasta que se pronuncie la justicia europea

La Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Baleares ha informado a favor de aceptar la medida cautelar de suspensión del decreto autonómico del chárter hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pronuncie sobre la cuestión prejudicial presentada por una asociación de empresarios de alquiler de barcos. En un escrito remitido al Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJIB), el Ministerio Público considera que la norma autonómica, vigente desde el 1 de agosto, podría vulnerar derechos fundamentales y ser contrario a la legislación europea en materia de libre competencia. El TSJIB aún no se ha pronunciado sobre si acepta o no las medidas solicitadas.

La posición del Ministerio Fiscal representa supone un espaldarazo a la impugnación presentada por la Asociación de PYMES de Actividades Náuticas (APANIB), que agrupa a más de 100 empresas y autónomos del sector, en su mayoría operadores de embarcaciones de Lista 6ª. En su informe, la Fiscalía señala “que dicho decreto puede conculcar alguno o algunos de los derechos fundamentales alegados, por lo que podría ser contrario a la normativa de la Unión Europea, por lo que este Ministerio no se opone al planteamiento de la citada cuestión prejudicial”. Y añade: “Teniendo en cuenta que la vigencia de dicho decreto puede ocasionar una situación de vulneración de derechos fundamentales, este Ministerio no se opone a que se acuerde la suspensión de su vigencia solicitada por la demandante”.

El recurso contencioso-administrativo de APANIB sostiene que el decreto aprobado el pasado 1 de agosto y en vigor desde hace apenas unas semanas vulnera principios básicos como la igualdad y no discriminación, la libertad de empresa, la libertad de prestación de servicios y la protección de datos.

Entre las medidas impugnadas figuran la prohibición del chárter por plaza, la modificación unilateral del sistema internacional de señales marítimas para identificar embarcaciones de alquiler, la publicación sin restricciones de datos personales y económicos en el Registro de empresas de chárter, así como la imposición de tasas y requisitos que, a juicio de los recurrentes, actúan como barreras de entrada al mercado.

APANIB, según informó Gaceta Náutica, también solicita que se eleven al TJUE cuestiones concretas sobre la compatibilidad del decreto con el Derecho comunitario, entre ellas la reserva de pabellón y el requisito de amarre.

La división en la náutica balear a raíz de esta normativa es patente. Mientras APANIB encabeza la oposición frontal, las otras dos patronales mayoritarias -la Asociación Provincial de Empresarios de Actividades Marítimas (APEAM) y la Asociación de Empresas de Chárter de las Islas Baleares (AECIB)- respaldan la mayoría de las medidas contenidas en el decreto, provocando un cisma sin precedentes en el subsector del chárter.

El TSJIB, una vez escuchadas las partes, decidirá si admite la suspensión cautelar y si eleva la cuestión prejudicial al TJUE, cuya respuesta resultaría vinculante tanto para este procedimiento como para casos similares en el conjunto de la Unión Europea.

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