Baleària recurre la limitación de la entrada de vehículos en Ibiza
La naviera se apoya en informes que consideran que la restricción impone un sacrificio económico al transporte marítimo frente a beneficios ambientales nulos

La naviera se apoya en informes que consideran que la restricción impone un sacrificio económico al transporte marítimo frente a beneficios ambientales nulos

La naviera Baleària ha presentado una demanda contra el Acuerdo del pleno del Consell d’Eivissa de 28 de marzo de 2025 que desarrolla la Ley 7/2024 de control de afluencia de vehículos en la isla de Eivissa para la sostenibilidad turística. Baleària pide la nulidad de la restricción acordada por el Consell, que dejará de tener efectos el próximo 30 de septiembre, y solicita al juez que plantee una cuestión de constitucionalidad. La naviera sostiene que la medida vulnera dos derechos fundamentales: el de igualdad (al discriminar entre no residentes propietarios y no propietarios) y el derecho a la movilidad (al restringir la circulación por el Estado español).

La demanda se fundamenta, principalmente, en un informe técnico-criminológico elaborado por los doctores Esteban Morelle Hungría y María Luisa Cuerda Arnau, del Centro de Investigación de Derecho Penal, Criminología e Inteligencia de la Universitat Jaume I de Castelló y un extenso informe técnico de la consultora Meteoclim.

Según el informe jurídico elaborado por los doctores de la Universitat Jaume I, la medida restrictiva del Consell es inadecuada técnica y jurídicamente, al abordar de forma parcial un problema que precisa de mayor rigurosidad e implementación técnica tanto a nivel de seguridad vial como de sostenibilidad ambiental. Asimismo, el informe destaca que “es un ejemplo de greenwashing normativo, es decir, que proyecta una imagen de compromiso ambiental mediante una medida formalmente restrictiva, pero materialmente ineficaz”, que consideran que no incide sobre la reducción de la huella ecológica, sino que pretende reforzar la legitimidad institucional.

Los argumentos de este informe jurídico señalan que la medida no incide en la principal fuente de congestión de la isla, el parque móvil residente. Además, considera que el Consell no justifica “la elección de esta medida frente a alternativas menos restrictivas y potencialmente más eficaces, ya previstas en planes estratégicos y en experiencias comparadas”, como las zonas de bajas emisiones y la mejora del transporte público entre otros. Por ello, el informe considera que se impone un sacrificio económico al transporte marítimo que supera ampliamente los beneficios ambientales, que serían mínimos o no verificables, contradiciendo el principio de transición justa recogido en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.

Por otra parte, el informe señala que la Ley balear tiene objetivos medioambientales, pero el diseño técnico de la medida del Consell es ineficaz por no haber previsto mecanismos de seguimiento y control ambiental y no distinguir por tipología de vehículos y nivel de emisiones; por ejemplo, el Consell no distingue entre un vehículo de 0 emisiones y el más contaminante. El informe también indica que el Consell no dispone de mecanismos para determinar si un vehículo está matriculado en la isla o no, a pesar de cobrar una tasa para poner las medidas de control en funcionamiento, como una red propia de cámaras.

El informe elaborado por la consultora Meteoclim avala con datos científicos que la medida no tiene ningún efecto positivo ni para el medio ambiente ni para la movilidad, pero ocasiona daños a presente y a futuro para la actual estructura de transporte marítimo. Además, Meteoclim alerta sobre el denominado “efecto llamada”, ya que la restricción puede eludirse empadronando el vehículo en Eivissa; de momento, ello se ha traducido, entre febrero y junio de 2025, en un aumento de las matriculaciones en la isla de más de 70% respecto a años anteriores.

Finalmente, la demanda incide en otros aspectos como el incumplimiento de plazos por parte del Consell o la declaración irregular de urgencia de la tramitación del expediente de la restricción tras varios meses parado. Baleària también señala el incumplimiento del Consell de su obligación de disponer de un servicio de transporte público interno eficaz, como le impone la ley balear de control de afluencia de vehículos; en la demanda se acredita que el expediente de licitación del transporte público interno de la isla registró su última actuación el pasado mes de enero.

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