La directora general de la Marina Mercante, Ana Núñez, anunció este viernes durante su intervención en el congreso de la Asociación Nacional de Empresas Náuticas (ANEN), celebrado en Huelva, que el nuevo Reglamento General de la Náutica de Recreo (actualmente pendiente de aprobación) autorizará el alquiler de embarcaciones de chárter por plazas.
Núñez recalcó este punto de forma explícita durante su presentación, hasta el punto de destacarlo en negrita en una de las transparencias utilizadas en su exposición, dejando claro que la futura normativa estatal habilitará este modelo de comercialización para las embarcaciones de Lista 6ª.
El alquiler por plazas está expresamente prohibido por el decreto autonómico que regula la actividad del chárter en Baleares. La norma, aprobada el pasado verano por el Govern balear, considera que la venta individual de tickets en embarcaciones de recreo supone una actividad de transporte de pasajeros reservada a los buques de Lista 2ª (las conocidas como golondrinas), interpretación sustentada en un informe de la Abogacía de la comunidad autónoma.
Las empresas que operan estas embarcaciones de transporte turístico se han opuesto históricamente a la comercialización por plazas por parte de la flota de chárter, al entender que, además de ser contraria a la normativa vigente, supone una competencia desleal en el mercado de las excursiones marítimas, dado que los barcos de Lista 2ª están sometidos a exigencias de seguridad y controles mucho más rigurosos que los de Lista 6ª.
Fuentes del Govern balear consultadas tras el anuncio de la directora general interpretan la declaración como una confirmación implícita de que la venta de plazas en barcos de Lista 6ª no era legal hasta ahora. “Si el nuevo reglamento estatal lo autoriza, significa que hasta el momento no estaba permitido, por lo que el decreto balear acertó plenamente al prohibirlo”, señalan. Las mismas fuentes añaden que, una vez se apruebe la norma de rango estatal, la comunidad autónoma deberá adaptarse a ella, lo que supondrá que el alquiler por plazas pasará a ser legal.
El decreto balear, publicado el 2 de agosto de 2025 en el Boletín Oficial de las Islas Baleares mediante el Decreto 44/2025, fue aprobado en plena temporada turística y generó una fuerte contestación en parte del sector náutico. Profesionales y pequeñas empresas denunciaron entonces que la prohibición ponía en riesgo su actividad y podía provocar el cierre de negocios dedicados a ofrecer experiencias marítimas y actividades formativas.
Las críticas señalaban que este modelo había permitido durante años ampliar el acceso a la navegación de recreo, al ofrecer la posibilidad de embarcarse pagando únicamente una plaza, sin necesidad de alquilar el barco completo. La restricción, según estas voces, reducía la competencia en el mercado del turismo náutico y concentraba de facto la actividad de excursiones marítimas en las embarcaciones de Lista 2ª.
Además de las excursiones turísticas, el sistema de comercialización por plazas se utiliza habitualmente en cursos de vela, programas de formación náutica, travesías para acumular millas de navegación, regatas o actividades organizadas por escuelas internacionales que operan en el archipiélago.


