Los Servicios Jurídicos de la Asociación de Navegantes de Recreo (ANAVRE) han presentado la formalización de la demanda contra el Real Decreto que regula el equipo de seguridad y de prevención de la contaminación de las embarcaciones de recreo. ANAVRE considera que la norma es nula en su totalidad, y, alternativamente, impugna unos cuantos artículos de la misma.
ANAVRE impugna el reglamento, publicado en el BOE el pasado 19 de mayo, de forma integral por considerar que “en su tramitación se ha incumplido la normativa procesal aplicable a la promulgación de una norma de este rango, lo que hace que la norma sea nula de pleno de derecho, o subsidiariamente anulable”.
Los navegantes piensan que el Real Decreto 339/2021 es perjudicial para los intereses de la náutica recreativa en general, y en particular para ANAVRE, cuyos asociados aprobaron en asamblea la interposición de este recurso contencioso-administrativo.
En su escrito, ANAVRE señala que “somos plenamente conscientes de que los resultados de estimar la presente alegación supondrían un regreso a un pasado no deseable, con una normativa incluso peor y más caduca que la que estamos impugnando, pero también consideramos que todos, incluso la Administración del Estado, y especialmente ésta, estamos sometidos al imperio de la ley”.
La impugnación total se basa en que se ha dictado prescindiendo del procedimiento establecido pues la administración elevó la categoría del proyecto, inicialmente de Orden Ministerial, a la de Real Decreto lo que impidió a los agentes sociales formular propuestas en la fase de consulta pública o nuevas alegaciones al proyecto de norma, que ya había sufrido modificaciones.
Con carácter subsidiario, ANAVRE ha impugnado también una serie de artículos concretos de dicho Reglamento, para el supuesto de que no se estimara su alegación principal, por entender que cada uno de ellos es incompatible con el Ordenamiento Jurídico del Reino de España, así como con distintas regulaciones internacionales correspondientes a Directivas europeas de obligado cumplimiento, así como a Tratados Internacionales.
La alegación parcial abarca una veintena de artículos del Real Decreto. La nueva norma extiende su aplicación a barcos de bandera no española más allá del estricto límite de las aguas territoriales, unas competencias que son exclusivas de otros estados y que van contra la legislación comunitaria.
La asociación de navegantes señala que se ha perdido la oportunidad de adaptar y modernizar la normativa española en materia de náutica de recreo y de promulgar una regulación acorde a los tiempos en que vivimos.


