La adjudicación de los almacenes de cemento que investiga la juez del caso Puertos
La APB habría sufrido un importante quebranto económico al otorgar los silos por un canon muy inferior al que pagaba el anterior concesionario

La APB habría sufrido un importante quebranto económico al otorgar los silos por un canon muy inferior al que pagaba el anterior concesionario

La Autoridad Portuaria de Baleares (APB) otorgó en 2017, bajo la presidencia de Juan Gual, los almacenes de cemento del puerto de Alcúdia (Mallorca) muy por debajo de su valor, lo que habría provocado un importante quebranto económico al organismo que gestiona los puertos de interés general del archipiélago. La APB pasó de ingresar 281.166 anuales en 2016 a sólo 50.938 al año siguiente y en los ejercicios sucesivos en concepto de tasa de ocupación por un mismo espacio público.

La merma para las arcas portuarias fue denunciada en su día, aunque con escasa repercusión, por la asociación ecologista GOB, y ha quedado reflejada posteriormente en las memorias anuales del ente portuario. La concesión se encuentra bajo investigación judicial dentro de la macro causa del conocido como “caso Puertos”.

Diferencia de las tasas, subrayadas en amarillo. Arriba aparecen las de 2016 y abajo, las de 2017.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) mantiene suspendida una demanda administrativa contra la adjudicación desde el 14 de junio de 2022. La paralización de este contencioso fue acordada después de que la magistrada Martina Mora, titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Palma, reclamara el expediente, según consta en un auto del TSJB al que ha tenido acceso Gaceta Náutica.

La adjudicación de los silos de cemento a la empresa Transpulve 2009, S.L, fue autorizada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares el 20 de septiembre de 2017. El resumen del acuerdo, publicado seis días después en el Boletín Oficial del Estado, especifica que la superficie otorgada es de 2.154 metros cuadrados y fija el canon de ocupación en poco menos de 51.000 euros anuales. Esta cantidad es un 80% menor (siempre de acuerdo con las memorias de la APB) a la que abonaba en las arcas públicas desde 2010 la anterior concesionaria, una sociedad llamada Sitges Reunides, S.L.

Adjudicación a Transpulve aparecida en el BOE donde consta la tasa de poco más de 50.000 euros al año.

Esta última empresa fue “liquidada” el 7 de agosto de 2017, un mes antes de que Transpulve obtuviera la nueva y ventajosa concesión por un periodo de 18 años para explotar los silos de cemento del puerto de Alcúdia, bajo la condición de ofrecer un rendimiento concreto: 65.000 toneladas los primeros cuatro años y 90.000 los 14 catorce restantes. Se da la circunstancia de que el “liquidador” de Sitges Reunides es el propietario de Transpulve.

UNA VIEJA POLÉMICA

La concesión obtenida por Sitges Reunides en 2010 no estuvo tampoco exenta de polémica. Todas sus acciones fueron sorprendentemente vendidas en pleno concurso, cuando ya se sabía que había presentado la mejor oferta económica y, de acuerdo con los criterios habituales de la Autoridad Portuaria, estaba cantado que iba a quedarse con la explotación de los silos por un periodo de 14 años, como así fue.

A pesar de saberse ganadores, los antiguos dueños de la sociedad, ligados a la constructora Mascaró, alegaron, textualmente, que “la situación actual de la economía en general y en especial el agravamiento del sector de la construcción hace que el interés de los socios de Sitges Reunides haya decaído; teniendo en cuenta que el objeto fundamental de esta sociedad era el desarrollo de aquel proyecto, los socios también han perdido el interés en mantenerlo”.

La venta se sustanció ante notario el 23 de julio de 2008, quince meses después de la apertura de las plicas. Sitges Reunides fue adquirida por otra de las seis sociedades que concurrían al concurso. Su nombre era Logiscement, S.L. y, según consta oficialmente, pagó 300.000 euros por asegurarse una concesión de tres lustros para la recepción y almacenamiento de todo el cemento que llegaba a Mallorca a través del puerto de Alcúdia.

La publicación de esta operación en el diario El Mundo a principios del mes de enero de 2011, cuando ya se había resuelto el concurso en favor de Sitges Reunides, hizo que la Autoridad Portuaria de Baleares dudara de la legalidad de la transmisión de las participaciones en pleno concurso y solicitase un informe de la Abogacía del Estado. El dictamen, que obra en poder de este periódico, consideró que la compra-venta había sido legal, pues no existía ninguna norma que la impidiera, aunque recomendó que, a fin de evitar situaciones parecidas en el futuro, se incluyera en los pliegos “la obligación de las entidades licitantes de comunicar sus cambios accionariales, especialmente cuando ello determina una sucesión de las mismas”.

Sitges Reunides, S.L., cuyos propietarios resultaron ser en realidad los accionistas de la empresa Logiscement y algunos de los cuales lo son también de la última beneficiaria, no llegó a consumir su concesión de 14 años, ya que, como se ha indicado más arriba, en 2017 fue liquidada y se produjo la adjudicación a Transpulve por otros 18 años adicionales (hasta 2042), con una sustancial reducción del canon.

La juez instructora del caso Puertos sostiene un auto dictado recientemente la existencia “de actos de favorecimiento por parte del investigado sr. Gual de Torrella, sin perjuicio de que se acredite la participación consciente de otros técnicos en el concierto, a las empresas Sitges Reunides y Transpulve, S.L”. Esta investigación del caso Puertos se corresponde con la pieza separada número 5.

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