En el ámbito de las instalaciones náuticas dependientes del Estado y gestionadas por la Autoridad Portuaria de Baleares, las prórrogas y los concursos no han sido nunca un tema pacífico.Esto no es así en el ámbito de la competencia de la Comunidad Autónoma, gestionado por Ports IB y bajo la Ley de Puertos Autonómica, donde se ha logrado evitar controversias y mantener una paz romana, al optar el poder legislativo por asegurar la continuidad de las concesiones en determinadas condiciones.
Los concesionarios de puertos del Estado siempre hemos abogado por la continuidad en la gestión de aquellas instalaciones donde se realiza una labor excelente. No tiene ningún interés general truncar la continuidad de un concesionario leal y eficiente mediante un concurso, cuando la Ley pone a disposición de la autoridad portuaria instrumentos para que la supuesta mejor inversión y el canon que un concurso pueda aportar a sus necesidades de autofinanciación se puedan obtener con mayor seguridad y garantía del concesionario actual.
FONDO DE COMERCIO. Además, no hay que olvidar que lo que se saca a concurso no es solo la infraestructura portuaria, sino todo el fondo de comercio que el concesionario ha generado durante su gestión, incluyendo su know-how, su cartera de clientes y hasta sus recursos humanos, que son traspasados al nuevo adjudicatario.
Los concesionarios que han desarrollado la náutica deportiva en Baleares, en puertos del Estado sobre el dominio público portuario, sobre lo que generalmente era un solar yermo, se ven desposeídos de un activo que les pertenece. Es indudable que el dominio público pertenece al Estado, pero no así la industria que sobre él se asienta. Esto es algo que conviene dejar muy claro.
Otro de los problemas que genera el modelo de concursos es que el concesionario está totalmente desincentivado para realizar inversiones necesarias para mantener la excelencia, dado que estas inversiones quedarán en favor del nuevo concesionario. Es imprescindible, por tanto, que las inversiones no amortizadas sean compensadas en un hipotético concurso donde no resulte ganador el concesionario que las ha llevado a cabo.
Por ello, la regulación de las prórrogas necesita eliminar la discrecionalidad, de modo que sea un acto reglado y no sujeto a la voluntad de cada momento. Con esto, se ganaría en seguridad jurídica y se evitaría la extrema litigiosidad que alcanza incluso el ámbito penal.
Recordemos los muchos litigios derivados de los concursos, no solo en el ámbito de Puertos del Estado. Cuando la Comunidad Autónoma ha sacado instalaciones a concurso, como en el caso del Port d’Andratx y Calanova, estas licitaciones han terminado en los tribunales. Certidumbre y seguridad jurídica son elementos clave para ganar en serenidad en el ámbito de las concesiones administrativas de ámbito estatal.
Ahora que está nuevamente en trámite en el Parlamento español una nueva modificación de la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante, debemos llamar la atención una vez más a nuestros representantes para que resuelvan estos aspectos en beneficio de todos y de un verdadero interés general.


