«La reforma legislativa que permitirá prorrogar las concesiones de los clubes náuticos por un máximo de 75 años ofrecerá tranquilidad, seguridad y confianza a estas entidades y les permitirá seguir invirtiendo y haciendo mejoras en sus instalaciones, y apostar por los deportes náuticos y por la formación». La presidenta del Govern, Marga Prohens, defendió en una entrevista con Gaceta Náutica la propuesta registrada el pasado 24 de julio por los grupos parlamentarios del Partido Popular y Vox de cara a su tramitación durante el próximo curso político.
La proposición, que ha sido celebrada por los clubes náuticos y sobre la que no se han pronunciado públicamente las marinas, modifica de manera sustancial el artículo 73 de la Ley de Puertos de las Islas Baleares. El nuevo texto prevé que, de forma excepcional, los clubes náuticos ubicados en la zona de competencia autonómica podrán prorrogar sus concesiones hasta un periodo de 75 años siempre acometan inversiones relevantes y destinen al menos el 15% de su presupuesto anual a «planes deportivos formativos, educativos y de competición», abiertos a la comunidad y en coordinación con las escuelas de su entorno. Además, se admite que hasta un 5% adicional pueda dedicarse a proyectos culturales, patrimoniales o medioambientales.
Se trata de una fórmula que reconoce de facto la utilidad pública de la función social de los clubes náuticos, en línea con lo previsto en la Ley 2/2023 del deporte balear, y que responde a una reivindicación histórica de la Asociación de Clubes Náuticos de Baleares (ACNB). Estas entidades sin ánimo de lucro llevan años alertando del riesgo de perder sus concesiones frente a empresas privadas con mayor capacidad económica.
Las prórrogas están contempladas en la Ley de Puertos del Estado y en la mayoría de normas autonómicas. Sin embargo, la reforma balear va más allá al reconocer sin tapujos la singularidad de los clubes y marcar unos criterios objetivos para su eventual protección. No cabe duda de que han influido decisivamente en el espíritu de esta iniciativa legislativa –como también en su redacción– la pérdida de las concesiones de varias entidades históricas y el riesgo de que las restantes sigan el mismo camino en un contexto de imparable gentrificación portuaria en todo el archipiélago.
La reforma afecta también al artículo 79, relativo a los concursos públicos. En el nuevo redactado se establece que los clubes náuticos u otras entidades deportivas sin ánimo de lucro no tendrán que concurrir con sociedades mercantiles siempre que no destinen más de un 20% de sus amarres a embarcaciones de eslora superior a 15 metros. En estos casos se abrirá un procedimiento de competencia de proyectos, en el que Ports IB, la empresa pública que gestiona las instalaciones autonómicas, valorará no solo la viabilidad económica, sino también la programación cultural y deportiva, la estructura tarifaria y la declaración de utilidad pública.
Prohens justificó el apoyo del PP a la iniciativa en el valor social y deportivo de estas entidades. «Hace muchísimos años que venimos escuchando este temor de los clubes náuticos, que en algunos casos se ha llegado a materializar», señaló, en alusión a las concesiones perdidas por el Club de Vela del Puerto de Andratx, el Club Náutico de Ibiza o el Club Marítimo Molinar de Levante.
La presidenta recalcó que el objetivo es ofrecer un marco de estabilidad jurídica: «Yo defiendo la labor social de los clubes náuticos, pero las cosas hay que hacerlas bien, con seguridad jurídica y conforme a Ley. Cuando acaba una concesión y se convoca un concurso, puede pasar de todo; de hecho, hemos visto algunos casos que lamentamos, pero que se han hecho de acuerdo con la legislación vigente».
Prohens reconoció además que la reforma era una demanda antigua del sector y aseguró no entender «por qué se ha tardado tanto en presentar una iniciativa de estas características», en referencia a los reiterados llamamientos de los clubes náuticos para que se reconociera su función social y se les garantizara seguridad jurídica.

La proposición de ley, impulsada conjuntamente por PP y Vox, cuenta con la mayoría suficiente para salir adelante en el Parlament. No obstante, su aplicación, en el caso de que finalmente sea aprobada, se limitará a los puertos transferidos a la Comunidad Autónoma, por lo que quedarán fuera clubes históricos radicados en instalaciones de interés general del Estado, como los de Palma, Mahón e Ibiza. El Govern balear ha renunciado, de momento, a solicitar la transferencia de las dársenas deportivas y pesqueras de los puertos de la Autoridad Portuaria de Baleares (dependiente del Ministerio de Transportes del Gobierno central) a pesar de que el Estatuto de Autonomía otorga a la comunidad autónoma la gestión de la náutica recreativa en aguas interiores.
LAS CLAVES
Mayor control. El texto de la proposición de ley también modifica el artículo 71 para aumentar el control de la administración sobre la ocupación de los amarres en puertos de gestión indirecta (concesionados). Si finalmente se aprueba la modificación de la Ley de Puertos con la redacción propuesta, los titulares de puertos autonómicos deberán llevar un registro actualizado de usuarios y transmisiones de derechos de uso, cuya estructura y contenido se definirán reglamentariamente. La entidad pública Ports de les Illes Balears tendrá la potestad de inspeccionar la veracidad de estos registros, con el objetivo de evitar cesiones encubiertas y garantizar la transparencia en la gestión.
Abandono de embarcaciones. El nuevo redactado del artículo 115 introduce un procedimiento ágil que podrá tramitarse directamente ante notario. Se considerará abandono cuando una embarcación de recreo, vehículo u objeto permanezca al menos seis meses sin pagar tasas o tarifas, sin que haya sido posible localizar a su propietario. Tras un requerimiento formal, y si no se atiende en el plazo de un mes, la embarcación podrá ser tasada y subastada, aplicándose el importe a la deuda pendiente. El remanente quedará durante seis meses a disposición del titular antes de pasar a las arcas públicas. El farragoso procedimiento actual contra la morosidad ha impedido sacar de su amarre embarcaciones en estado ruinoso, algo que pretende evitar la modificación de la normativa.
Revisión de cánones. La reforma incluye además una disposición final que modifica el artículo 212 de la Ley de Tasas de Baleares para acotar las revisiones de cánones portuarios. Si la revisión supone un incremento superior al 10% anual, la subida se aplicará de forma gradual, con un tope del 10% cada año (reducido al 5% en el caso de clubes náuticos sin ánimo de lucro). Asimismo, se fija un límite máximo de aumento del 40% cada 15 años (20% para entidades deportivas), siempre actualizado según el IPC autonómico. Con esta medida se busca dar previsibilidad a los concesionarios e incentivar la inversión en instalaciones portuarias.


