El Club de Vela Port d’Andratx atraviesa el peor temporal de sus 57 años de historia tras recibir un nuevo revés judicial. Nunca antes la situación había sido tan comprometida para la flotabilidad de una institución que a lo largo de sus casi seis décadas de vida ha sido el epicentro de la actividad náutica en el poniente de Mallorca y bajo cuyo gallardete han navegado destacados regatistas de la cantera balear.
El Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) dictó hace cuatro días un auto por el que otorga a la firma Iniciatives Portuàries Mirall de Mar Mallorca (IP3M) la práctica totalidad del puerto deportivo de Andratx, gestionado por el Club de Vela desde 1968.
La resolución acepta una opción subsidiaria presentada por Ports de les Illes Balears (Ports IB) como la mejor forma para ejecutar la sentencia del Tribunal Supremo de 2017 que reconoció el derecho de IP3M a gestionar dicha instalación portuaria. Esta alternativa resulta ser, sin duda, la más perjudicial para el Club de Vela Port d’Andratx (CVPA), al reducir su espacio vital a la mínima expresión, sin edificio y sin explanada; es decir, sin margen físico para realizar su actividad social y deportiva.
La Sala considera que la propuesta 4.2 (que incorpora a la concesión de IP3M toda la instalación náutico-deportiva del puerto de Andratx, a excepción de dos pantalanes flotantes para embarcaciones de pequeña y mediana eslora) se ajusta al espíritu de la sentencia del Supremo, la cual consideró contraría a derecho la adjudicación del puerto al Club de Vela tras un concurso, convocado en 2002, en el que el proyecto de Iniciatives Portuàries fue el mejor puntuada por la comisión técnica.
El auto judicial deja abierta incluso la posibilidad de que IP3M prorrogue su concesión de 14 hasta 30 años, pese a que la licitación original no la contemplaba, y establece que sea esta sociedad mercantil quien asuma las funciones deportivas que el Club de Vela venía desarrollando desde su fundación, de acuerdo con las exigencias del pliego del concurso. Esto orilla por completo al club y al mismo tiempo obliga al nuevo gestor a subrogarse a los entrenadores y monitores de las secciones deportivas, además de al personal de administración y marinería.
El CVPA, que ha anunciado la interposición de un recurso de reposición contra el auto, ha recordado que el nuevo concesionario había aceptado, aunque con condiciones, una propuesta anterior (la denominada opción 3) que repartía el puerto en una proporción de dos tercios para IP3M y un tercio para una futura concesión destinada a actividades deportivas.
La decisión del TSJIB ha caído como una losa en el seno del club y en la Asociación de Clubes Náuticos de Baleares (ACNB), que consideran que el auto del TSJIB pone en grave riesgo la supervivencia de una entidad "comprometida con el servicio público y la promoción deportiva". Ginés Martínez, presidente del CVPA, ha señalado que, a su juicio, la opción 4.1 de Ports IB, presentada después de que el TSJIB desechara la número 3, cumplía perfectamente con la sentencia del Supremo sin colocar al club en una situación “tan delicada” de cara a su continuidad.
Por su parte, Ports IB está analizando el contenido del auto, a la espera de las conclusiones de sus servicios jurídicos. La empresa pública se ha limitado a señalar que “se está digiriendo la resolución”, sin adelantar posibles actuaciones. El plazo para recurrir expira a los cinco días de la comunicación del auto.


