La pesca recreativa deberá declarar sus capturas por vía electrónica desde hoy
El decreto final mantiene la geolocalización de las embarcaciones dentro de las reservas marinas y el deber de declarar los peces que se liberan

El decreto final mantiene la geolocalización de las embarcaciones dentro de las reservas marinas y el deber de declarar los peces que se liberan

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto que establece la obligación de declarar electrónicamente las capturas en la pesca recreativa, una medida que entra en vigor desde este viernes.

La norma obliga a los pescadores recreativos a registrar y comunicar sus capturas (incluidas tanto las retenidas como las liberadas) a través de la aplicación móvil Pescarec, habilitada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Esta declaración deberá realizarse en un plazo máximo de 24 horas tras la finalización de la jornada de pesca.

El sistema exigirá introducir datos como la especie capturada, número de ejemplares, peso, zona de pesca, modalidad, así como información sobre la embarcación y la actividad realizada.

Además, el real decreto establece que todas las solicitudes, comunicaciones y autorizaciones relacionadas con la pesca recreativa deberán tramitarse obligatoriamente por medios electrónicos.

Entre otras medidas, también se impone el uso de dispositivos de localización para la actividad pesquera (tanto profesional como recreativa) en reservas marinas de interés pesquero, con el objetivo de mejorar el control y seguimiento de la actividad. Estas obligaciones tienen, no obstante, un periodo de moratoria y no serán efectivas hasta el 1 de septiembre de 2026.

La nueva regulación responde a la normativa europea sobre control de la pesca y, según afirma el Ministerio, busca mejorar la trazabilidad, la gestión sostenible de los recursos y la supervisión de la actividad recreativa, que ha experimentado un crecimiento en los últimos años. 


GN Podcast | La sinrazón de tener que declarar las capturas

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