La colaboración público-privada se ha convertido en una expresión habitual en el discurso institucional, invocada como fórmula para atraer inversión y mejorar la gestión de infraestructuras públicas. Sin embargo, desde la experiencia de quienes gestionamos instalaciones en dominio público portuario estatal, la distancia entre el concepto y su aplicación práctica sigue siendo notable y continúa generando disfunciones relevantes en la operativa diaria.
Lo afirmo desde la gestión directa de una instalación náutico-deportiva en régimen de concesión administrativa, un ámbito en el que el operador privado asume inversión, riesgo empresarial y responsabilidad operativa, mientras el marco normativo y administrativo continúa respondiendo más a una lógica de control que a una auténtica colaboración eficaz entre las partes implicadas.
Conviene recordar que una concesión no es una mera autorización de uso del dominio público, sino un contrato de largo plazo mediante el cual la Administración encomienda a un operador privado la financiación, construcción, mantenimiento y explotación de una infraestructura pública, manteniendo la titularidad del suelo y de la instalación. En los puertos deportivos estatales, ello implica inversiones relevantes, largos plazos de amortización y exposición a ciclos económicos claramente identificables: la crisis financiera de 2008, el impacto del COVID-19 y las tensiones internacionales derivadas de conflictos como la guerra del Golfo, con efectos sobre la energía, los costes operativos y la incertidumbre económica general.
A esta complejidad se añade un problema que rara vez se aborda con claridad: la concurrencia de competencias entre distintas administraciones públicas. En el ámbito portuario confluyen competencias estatales, autonómicas y locales, además de organismos sectoriales con capacidad decisoria. El problema no es tanto esa concurrencia, sino la falta de coordinación real entre administraciones, que en demasiadas ocasiones actúan de forma discrepante o contradictoria, generando incertidumbre.
El resultado es conocido: criterios distintos, exigencias superpuestas, interpretaciones divergentes y, en no pocos casos, conflictos administrativos en los que el concesionario acaba siendo tratado como un contrario, cuando en realidad es un colaborador necesario del sector público. Un colaborador que invierte, cumple sus obligaciones y presta un servicio público, pero que termina asumiendo los costes económicos y operativos de esa descoordinación institucional.
A ello se suma la rigidez del modelo concesional, que dificulta la adaptación a cambios económicos, tecnológicos o normativos. Las concesiones se otorgan para plazos largos, pero se gestionan como si el entorno fuera inmutable. La dificultad para modificar títulos concesionales, la interpretación restrictiva del equilibrio económico-financiero o la escasa flexibilidad para introducir mejoras generan un efecto claro: se frena la inversión y se penaliza la iniciativa empresarial.
Todo ello resulta especialmente paradójico cuando se exige a las marinas mayores estándares de sostenibilidad, digitalización, seguridad y calidad del servicio, difíciles de compatibilizar con un marco que no ofrece seguridad jurídica ni un entorno administrativo coherente y previsible en el medio y largo plazo, generando incertidumbre adicional.