La Fiscalía de las Illes Balears ha archivado la denuncia del Grup Balear d’Ornitologia (GOB) a la Autoridad Portuaria de Baleares (APB) referente al vertido de escombros derivados de las obras del Muelle de Poniente del puerto de Palma, al considerar que los hechos denunciados no constituyen infracción penal alguna.
La fiscal ha enunciado que no ha sido posible afirmar que a consecuencia de “la utilización de ecoárido en las obras de ampliación de la explanada del Muelle de Poniente del puerto de Palma se hayan apreciado efectos negativos en la calidad de las aguas”.
El GOB denunció el pasado verano el vertido de escombros derivados de las obras de ampliación del Muelle de Poniente del puerto de Palma por parte de la APB y solicitó una investigación a la Fiscalía por un posible impacto ambiental.
La Abogacía del Estado emitió un informe con fecha de 27 de julio en el que ponía de manifiesto la correcta tramitación de la APB de este proyecto, que debía regirse por la legislación estatal. Además sostenía que estas obras no debían someterse a evaluación de impacto ambiental, al no incluirse este supuesto en la Ley de Evaluación Ambiental.
Por su parte, la APB sostuvo que la tramitación ambiental seguida ha sido la correcta, que las analíticas demuestran que el ecoárido no es un residuo peligroso y que no es posible afirmar que la utilización de este material en las obras de ampliación de la explanada del Muelle de Poniente del puerto de Palma se hayan traducido en efectos negativos en la calidad del agua.
Por tanto, la Fiscalía concluye en dar la razón a la APB y proceder al archivo de las diligencias al considerar que los hechos no son constitutivos de infracción penal alguna.


