El Boletín Oficial del Estado del 2 de junio elimina varias de las restricciones a la navegación que seguían vigentes desde la Fase 1 de la desescalada. Desde hoy se amplía el número de tripulantes de las embarcaciones al 75% de sus certificados (con un máximo de 10), se permite navegar dentro de una misma unidad territorial y se autoriza el charter con clientes locales, así como las prácticas de navegación para obtener titulaciones náuticas.
En el caso del alquiler de embarcaciones rigen las mismas limitaciones de aforo del 75% y la imposibilidad de navegar más allá de las "aguas adyacentes" a la unidad territorial, lo que en Baleares significa que no se pueden realizar travesías entre islas, aunque sí más allá de los límites del término municipal.
Jaime Darder, presidente de la Asociación de Navegantes de Recreo (Anavre), se ha mostrado satisfecho con las medidas, pero ha lamentado que el Gobierno haya tardado 11 días en aplicarlas desde que fueron acordadas por la Dirección General de la Marina Mercante. "La orden estaba lista, pendiente de firma e inclusión en el BOE, desde el momento en que el Ministerio de Sanidad asumió el mando único", ha asegurado Darder, quien confía en que el pase a la Fase 3 permita recuperar la normalidad definitiva en las actividades de náutica de recreo.
José María Jiménez, presidente de la asociación de chárter náutico de Baleares, ha considerado una "buena noticia" la apertura al chárter, aunque también cree que llega con retraso. "Necesitamos empezar a facturar tras permanecer parados desde que se decreto el estado de alarma. Nuestro próximo objetivo es la apertura efectiva de las fronteras para que podamos alquilar a clientes extranjeros, ya que la cuarentena está desviando turistas a otros destinos", ha declarado.
¿QUÉ SE PUEDE HACER?
El Govern balear ha emitido este mediodía un comunicado en el que aclara punto por punto las actividades que se pueden llevar a cabo en virtud del BOE del 2 de junio.
1. Se permitirá la navegación de recreo en la isla donde esté amarrada la embarcación.
2. Aumenta hasta el 75% el límite de las personas autorizadas en los certificados de la embarcación, a menos que se trate de personas que conviven en el mismo domicilio en el que se podrá llegar al 100%. En todo caso, el número de personas a bordo de la embarcación no podrá exceder de diez.
3. Están autorizados los servicios de arrendamiento náutico de embarcaciones o barcos de recreo, motos náuticas y artefactos náuticos de recreo por parte de personas que se encuentren en la misma isla que la empresa de alquiler. En el caso de embarcaciones o barcos de recreo se cumplirán las mismas restricciones del punto anterior.
4. En el caso de las motos náuticas, sólo podrá ir una persona a bordo, a menos que se trate de personas que residan en el mismo domicilio en el que no podrán superar el número de plazas autorizadas por el fabricante de la misma.
5. Se podrán llevar a cabo las prácticas de navegación para la obtención de títulos de recreo que requieren el uso de embarcaciones. Todas las personas a bordo deben residir en la misma isla donde esté amarrada la embarcación y su número no superará el 75% de las personas autorizadas en los certificados de la embarcación, sin que en ningún caso se pueda sobrepasar el número de alumnos especificado en el artículo 15.8 de Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.
En todos los supuestos de los párrafos anteriores, la navegación se limitará a las aguas adyacentes del territorio de la isla siempre que no se superen las limitaciones o restricciones contenidas en los respectivos certificados, documentos o títulos de los buques y embarcaciones de recreo, las motos náuticas y los artefactos náuticos de recreo, así como aeronaves de recreo, así como de las personas tituladas que los gobiernan.
Por último, hay que recordar que todas estas actividades deberán realizarse respetando las limitaciones de tipo personal previstas para cada una de las fases y adoptando medidas de desinfección y refuerzo de normas de salud e higiene en las embarcaciones y aeronaves.

