La Autoridad Portuaria de Baleares (APB) ha denegado a Gaceta Náutica el acceso a las actas de sus consejos de administración de los días 7 de mayo de 2018 y 29 de julio de 2020. Ambas habían sido solicitadas por registro apelando a la Ley de Transparencia 19/2013. El organismo portuario considera que las actas no forman parte, de acuerdo con esta normativa, de la “información económica, presupuestaria o estadística” y, por tanto, no pueden ser facilitadas a un medio de comunicación.
Gaceta Náutica pidió el acceso a las actas para contrastar documentalmente informaciones de indudable interés para sus lectores sobre lo acaecido en dos concretas reuniones del consejo de administración de la APB. En la primera de ellas (7/5/2018) se autorizó la adjudicación de un puerto deportivo en Mahón, acto que habría dado pie al inicio de una operación de la Fiscalía Anticorrupción en la que está siendo investigado, entre otros, el ex presidente de la APB Juan Gual. La segunda (29/7/2020) corresponde al último consejo presidido por Gual, justo un día antes de poner su cargo a disposición del Gobierno de Baleares, que a continuación acordó su destitución.
En la resolución de la APB firmada por su actual presidente, Francesc Antich, se aduce que “la publicidad de las actas afecta a la confidencialidad y secreto que se exigen al proceso y decisiones del consejo de administración”.
La negativa se sustenta, entre otras, en una sentencia de la Audiencia Nacional del 19 de octubre de 2019 que denegó una petición realizada a la Autoridad Portuaria de la Coruña en los mismos términos planteados por Gaceta Náutica a la de Baleares. El tribunal dijo entonces que “en ningún momento se puede ofrecer al solicitante la información referida a las opiniones vertidas en la reunión del consejo de administración, que tiene un carácter reservado”. La Audiencia Nacional consideró en otro caso similar que la petición de información de las actas era “excesiva y abusiva”.
Otro de los argumentos esgrimidos para denegar la solicitud de Gaceta Náutica se refiere a la operación de la Fiscalía y la Guardia Civil desarrollada en las dependencias de la APB de Palma, Mahón e Ibiza el pasado 24 de julio. La resolución de la APB señala que se trata de un asunto sujeto a secreto de sumario. “Por mera prudencia y cautela, y por cumplimiento evidente de las disposiciones legales en aras a evitar cualquier limitación a la tutela judicial efectiva, debe inadmitirse el acceso al contenido de dichas actas, por si en ellas pudieron tratarse asuntos objeto de investigación judicial”.


