CONCESIONES
Terremoto en la APB: no incluir el IVA en el aval de un concurso es un defecto subsanable
El organismo portuario lleva años excluyendo a licitadores por este motivo. La Abogacía del Estado dice ahora que no es causa de preclusión. El Club Náutico de Ibiza se quedó sin amarres el pasado febrero por no aportar 4.000 euros correspondientes al IVA y no se le permitió subsanarlo.

El organismo portuario lleva años excluyendo a licitadores por este motivo. La Abogacía del Estado dice ahora que no es causa de preclusión. El Club Náutico de Ibiza se quedó sin amarres el pasado febrero por no aportar 4.000 euros correspondientes al IVA y no se le permitió subsanarlo.

La Autoridad Portuaria de Baleares (APB) tendrá que reabrir todos los casos en que ha dejado fuera a empresas y asociaciones aspirantes a adjudicarse concesiones o contratos público por no incluir el IVA en el aval de las fianzas, empezando por el Club Náutico de Ibiza (CNI), cuya oferta para gestionar temporalmente los amarres del puerto que ocupa desde hace más de 90 años fue rechazada por este motivo.

El consejo de administración de la APB celebrado el pasado 24 de febrero refrendó la inadmisión del CNI y declaró desierto el concurso, al no haberse presentado ningún otro licitadores, sin esperar a que la Abogacía General del Estado se pronunciara sobre una consulta elevada por el propio organismo portuario.

La conclusión del órgano jurídico es tajante: la no inclusión del IVA en el aval de un concurso es un error “subsanable” y, bajo ningún concepto, puede suponer la eliminación de un candidato. El dictamen ha caído como una bomba en la APB, que viene aplicando este criterio desde hace años y perjudicando, por tanto, a numerosas empresas en beneficio de otras.La primera consecuencia debería ser la readmisión de la oferta del Club Náutico de Ibiza, pero, según fuentes jurídicas, “no es tan fácil”, puesto que hay una resolución del consejo que declara desierto el concurso. “No se entiende la prisa por llevar el caso de Ibiza a la reunión de febrero cuando se sabía que la Abogacía General del Estado debía pronunciarse y podía tirar abajo la causa de la exclusión, como así ha sido”.

Gaceta Náutica ha tenido acceso a parte del contenido del dictamen de la Abogacía del Estado, el cual supone una enmienda total a las tesis sostenidas hasta la fecha por la APB y su asesoría jurídica en relación a la forma en que deben depositarse los avales. El IVA no aportado por el Club Náutico de Ibiza ascendía a apenas 4.000 euros, que fueron consignados a fin de subsanar el error, pero la APB se aferró a este formalismo para no otorgar los amarres al club.

El informe aboga por que predomine un principio que llama “antiformalista” a la hora de establecer los criterios en  materia  de  subsanación  de  defectos  en  la documentación  presentada  por los licitadores y apela a una sentencia del Tribunal Supremo de hace 16 años: "Una interpretación  literalista  de  las  condiciones  exigidas  para  tomar  parte  en  los procedimientos administrativos  de  contratación,  que  conduzca  a  la  no  admisión  de proposiciones  por  simples  defectos  formales,  fácilmente  subsanables,  es  contraria al  principio  de  concurrencia (…)  La  preclusión  de  aportaciones  documentales tiene  por  objeto  evitar  sorpresas  para  los  demás  concursantes,  o  estratagemas poco  limpias,  pero  no  excluir  a  los  participantes  por  defectos  en  la  documentación de  carácter  formal,  no  esencial,  que,  como  hemos  dicho,  son  subsanables  sin dificultad”.

De acuerdo con el dictamen, “puede  subsanarse  lo  que  existe,  pero  no  se  ha  aportado” y, sin embargo, “no  se  puede subsanar lo  que  en  el  momento  citado  no  existe  de  manera indudable”. Con  esta  interpretación se pretende  eliminar  el  excesivo rigor  en  la  aplicación  de  la  normativa  de  contratación  pública,  “pero  con  pleno respeto  de  los  principios  de  no  discriminación,  igualdad  de  trato  y  libre concurrencia”.

Las consecuencias de la implantación de este nuevo criterio supondría la readmisión de numerosos licitadores que han sido recientemente excluidos e incluso la posibilidad de que empresas que en su día se vieron afectadas presenten reclamaciones ante el organismo portuario.

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