El TSJIB mantiene la vigencia del decreto del charter contra el criterio de la Fiscalía
La Sala rechaza presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE y las medidas cautelares solicitadas por APANIB

La Sala rechaza presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE y las medidas cautelares solicitadas por APANIB

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha denegado la suspensión cautelar del decreto que regula el chárter náutico en las Islas. La solicitud había sido presentada por la Asociación de PYMES de Actividades Náuticas (APANIB), que pedía dejar en suspenso la norma mientras se tramitaba el recurso contencioso, alegando que su aplicación inmediata provocaba pérdidas económicas, cancelaciones de reservas y perjuicios graves para las empresas del sector.

La Fiscalía, según adelantó Gace Náutica, no se oponía a la suspensión al considerar que podían verse afectados derechos fundamentales. Sin embargo, la Sala ha rechazado la medida por entender que los perjuicios alegados no están acreditados y, en cualquier caso, son de carácter económico y por tanto reparables. Además, el tribunal subraya que prevalece el interés general en mantener la vigencia de la norma y que las cuestiones de fondo deberán resolverse en sentencia, no en esta fase cautelar.

En su recurso, APANIB sostiene que el decreto vulnera principios básicos como la igualdad y no discriminación, la libertad de empresa, la libertad de prestación de servicios y la protección de datos. También impugna medidas concretas como la prohibición del chárter por plaza, la modificación unilateral de señales marítimas para identificar embarcaciones de alquiler, la publicación sin restricciones de datos personales y económicos en el Registro de empresas de chárter, así como la imposición de tasas y requisitos que, a juicio de la patronal, actúan como barreras de entrada al mercado.

El TSJIB ha rechazado en este trámite elevar cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), como solicitaba APANIB. El decreto, elaborado por la Conselleria del Mar y aprobado por el Consell de Govern el pasado 1 de agosto, permanece plenamente vigente mientras se tramita el procedimiento judicial.

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